Salvadoreños con dudas sobre mecanismos de control para evitar detenciones arbitrarias durante cuarentena

Publicado: marzo 22, 2020

Salvadoreños con dudas sobre mecanismos de control para evitar detenciones arbitrarias durante cuarentena

En la población salvadoreña existen dudas sobre los mecanismos de control que ejercerán las autoridades para evitar detenciones arbitrarias durante la cuarentena domiciliar que ha ordenado el gobierno del presidente Bukele.

La medida que restringe la circulación de personas tendrá una duración de 30 días, señaló el presidente Bukele durante una cadena nacional la noche del sábado, sin embargo señaló que existen excepciones:

A continuación detallamos quienes sí pueden circular durante la cuarentena:

  1. Una persona por familia, que será la encargada de adquirir los alimentos, productos de primera necesidad y productos farmacéuticos, tratamientos médicos de toda la familia.
  2. Empresas de servicios de los denominados call center cuyo fin sea la venta y distribución de alimentos a domicilio, atención a líneas aéreas, servicios de electricidad, telecomunicaciones, servicios bancarios y financieros y servicios médicos.
  3. Empresas de seguridad, gasolineras, transporte de pasajeros a la mitad de su capacidad operativa, transporte de servicios de taxi y aquellos servicios de transporte privado, transporte de carga de cualquier rubro, medios de comunicación.
  4. Servicio de agua potable pública y privada, agricultura y ganadería, apicultura y pescadería, agroindustria y su cadena de distribución, servicios financieros, servicios de seguros, servicios farmacéuticos, laboratorios farmacéuticos.
  5. Servicios de salud como: hospitales públicos y privados cualquiera, clínicas privadas, excepto las odontológicas, servicios de veterinarias solo en caso de emergencias y otros relacionados con la salud, así como la cadena de distribución de todos los rubros señalados.
  6. Personas que trabajen en la actividad comercial, sector de transporte público, actividad alimenticia de restaurantes (no servicio en mesas), actividad industrial.
  7. Empleados de medios de comunicación y prensa, así como servidores de las instituciones de la Administración Pública que continúen prestando servicio ante la emergencia, debiendo portar las identificaciones institucionales pertinentes.
  8. Personas que asistan y cuiden a niños, adultos mayores, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables por enfermedades crónicas que deban desplazarse a un lugar por emergencia o atención médica periódica.
  9. Diputados, personal diplomático, magistrados, jueces y empleados de tribunales. empleados administrativos de la Asamblea Legislativa, la Corte Suprema de Justicia y Medicina Legal, que sean requeridos.

Las personas que no acaten las medidas de cuarentena domiciliar serán llevados a un centro de contención, aseguraron funcionarios de gobierno.