Publicado: junio 23, 2020
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, aclaró el presidente de la República, Nayib Bukele, que no le pueden devolver al Ejecutivo atribuciones que nunca ha tenido según la Constitución vigente, entre ellas restringir por sí y ante sí los derechos fundamentales de las personas.
“Según el sistema constitucional salvadoreño vigente desde 1983 y de acuerdo con la jurisprudencia constante de este Tribunal, el Órgano Ejecutivo nunca ha tenido facultades para limitar por sí mismo los derechos fundamentales de las personas”, resalta la Sala en un escrito.
La Sala le aclara al presidente de la República que para restringir derechos fundamentales de las personas es necesario que la Asamblea apruebe la ley respectiva y ésta sea sancionada o firmada por el mandatario, algo de lo que nunca han estado privador.
También le hace énfasis que sólo las medidas adoptadas con respeto a la Constitución pueden ser consideradas eficaces y que lograr resultados “favorables” frente a la pandemia pero fuera del marco constitucional “no es una opción”.
Bukele difundió un escrito en la que pide a la Asamblea y a la Corte que “le devuelvan las facultades legales” para enfrentar emergencias.
Sin embargo la Sala se suma a los diputados de la Asamblea Legislativa quienes expresaron al presidente Bukele que nadie “le ha quitado facultades” y le reiteraron que tiene hasta este jueves como plazo para enviar a la Asamblea, sancionada la ley de atención sanitaria y de emergencia.