Publicado: febrero 06, 2023
De acuerdo a nueva Ley de Compras Públicas, si se comete un delito en el proceso de contratación, serán los subalternos y no los funcionarios quienes van a responder directamente ante los tribunales.
En el artículo 18 de la LCP se detalla que “la máxima autoridad de cada institución tales como Ministros, Juntas o Consejos Directivos, Concejo Municipal y demás según la estructura orgánica de cada institución, o a quien dicha autoridad nombre como su delegado para todos o determinados actos, será la autoridad competente para la adjudicación de los contratos..."
Es decir que si se comete un delito en un contrato de una obra de infraestructura o en una compra de bienes y servicios, por ejemplo, quien pagaría con cárcel no será el funcionario de más alto nivel, sino el empleado a quien le delegaron la responsabilidad de hacer la contratación.
Abogados expertos en administración pública y en derecho penal consultados por El Diario de Hoy para este análisis explican que, tal como está aprobada la ley, significa que el titular de la institución responderá en el ámbito civil, pues su deber abarcará hasta la “supervisión”, pero el subalterno tendrá la responsabilidad penal y patrimonial de las acciones tomadas en los procesos de contratación pública.
Además señalan que los artículos de la Ley de Compras Públicas que se refieren a “delegar” la responsabilidad de los titulares de las instituciones en los subalternos para los procesos de contrataciones estarían violando la Carta Magna.
Fuente: elsalvador.com