Grupo Promotor de LAIP y Consorcio por la Transparencia: Alcaldía de San Salvador no puede limitar acceso a la información

El Grupo Promotor de la Ley de Acceso a la Información Pública y el Consorcio por la Transparencia y Lucha contra la Corrupción, advierten que la alcaldía de San Salvador no puede limitar el ejercicio y goce de un derecho fundamental como es el acceso a la información pública.

Esto después que la Unidad de Acceso a la Información Pública de la alcaldía de San Salvador tomó la decisión de suspender el procedimiento administrativo de las solicitudes de información recibidas, alegando que existen motivos de fuerza mayor.

Ambas entidades, señalan que la Sala de lo Constitucional ha reconocido el carácter de derecho fundamental del acceso a la información pública, por lo que todos los entes obligados, sin excepciones, deben de garantizarlo.

"El derecho de acceso a la información pública se vuelve mucho más importante en épocas de emergencia, por lo que los entes obligados deben buscar los mecanismos adecuados para garantizarlo", expresa parte de un comunicado.

A través de una solicitud de información realizada a la mencionada unidad de la alcaldía capitalina se requirió el monto total de lo invertido en la compra de productos de limpieza e higiene personal así como el monto total en las compras de canastas alimenticias, durante la emergencia.

Además se requirió detallar las entregas de dichos productos, incluyendo el lugar de entrega, los representantes de la alcaldía que participaron en la entrega, fecha, cantidad de producto entregado, beneficiarios y el monto erogado con sus fuentes de financiamiento.

Otros de los requerimientos a la Unidad de Acceso a la Información de la mencionada alcaldía, fue el detalle de los fondos invertidos en publicidad incluídos: televisión, radio, redes sociales, vallas publicitarias, mupis, entre otra información.

Sin embargo, la alcaldía de San Salvador se negó a brindar esta información alegando que según acuerdo municipal, el municipio de San Salvador se encuentra en Estado de Emergencia hasta el día 30 de junio, por lo que sus unidades administrativas se encuentra realizando únicamente actividades operativas en apoyo a la emergencia que vive el país.

Además elegan que no obstante haber terminados los términos de los decretos que regulaban la emergencia, la Ley de Procedimientos Administrativos los faculta para suspender el procedimiento por casos fortuitos o fuerza mayor.

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