Cámara reitera que magistrado no agredió a niña: Tocamientos no tienen la magnitud suficiente para ser considerados una agresión sexual
La resolución sobre el caso del Magistrado, Eduardo Escalante señala que los tocamientos atribuidos al imputado "no tienen la magnitud suficiente" para ser considerados una agresión sexual y que la conducta no invadió la intimidad de la menor.
Los magistrados argumentan en el dictamen judicial que “con base a los hechos acusados y a la declaración de la víctima, este tribunal es del criterio que los tocamientos que se le imputan a Eduardo Jaime Escalante Díaz no tienen la magnitud suficiente para ser constitutivos del tipo penal descrito en el artículo 161 Pn.”.
El Fiscal General, Raúl Melara, ha reiterado que apelarán a la resolución de la Cámara, por no estar de acuerdo con el razonamiento jurídico de los magistrados.
El caso ha generado indignación en las redes sociales, donde los ciudadanos exigen que este tipo de conductas sean castigadas con penas carcelarias.