Analizan sancionar con 4 a 8 años de cárcel a quien se apropie ilegalmente de las propinas

La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales de la Asamblea Legislativa intercambió opinión con representantes de la Asociación de Restaurantes de El Salvador (ARES) sobre una propuesta de reforma al artículo 245 del Código Penal para incorporar sanciones por apropiación ilegal de la propina por parte del patrono o empleador.

La reforma consiste en agregar un artículo 245-A, para tipificar dicha conducta y establecer la sanción es prisión de cuatro a ocho años para aquellos que se apropien de las propinas.

El propósito de la iniciativa es frenar la apropiación ilegal de la propina, considerada como una gratificación voluntaria para los trabajadores de diversos establecimientos como hoteles, restaurantes y salones de belleza.

Las propinas provienen del pago que el cliente realiza de forma indirecta al trabajador a través del 10% porciento adicional al pago del servicio recibido en los diversos establecimientos comerciales.

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